Tribunal Constitucional declara inadmisible recurso contra acceso a playa Mónaco Ciudad de Pichilemu en región de O’Higgins

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Como una “buena noticia” calificó el ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, que el Tribunal Constitucional declarara inadmisible un requerimiento que pretendía declarar inaplicables tanto el artículo 13° del D.L. 1939, como la Resolución Exenta N°5 de 1984, de la Intendencia de O´Higgins, en el marco del recurso de protección seguido en contra del Estado interpuesto por la familia Jaramillo en el caso de acceso a la Playa Mónaco en la región de O’Higgins.

“Se trata de una buenas noticias para la campaña “Que no te falte playa” que hemos impulsado como Ministerio desde diciembre del año pasado, porque respalda nuestra postura de que no existen playas privadas”, aseguró el ministro Felipe Ward.

La resolución del Tribunal Constitucional valida tanto el artículo 13° del D.L. 1939 de 1977, -que establece la facultad del Ministerio de Bienes Nacionales de recibir las solicitudes de acceso a las playas y la facultad del Intendente de fijar los accesos-, como la Resolución Exenta N°5 de 1984 de la Intendencia de O´Higgins, -que fijó las vías de acceso a las playas de mar en la provincia de Cardenal Caro-.

“La norma está muy clara. En nuestro país no existen las playas privadas, y vamos a mantenernos firmes para que esto se respete”, agregó el ministro.

Por su parte, el seremi de la cartera a nivel local, Christian Villegas, afirmó que “esto se resolvió de forma más rápida de lo que esperamos, lo que es una gran señal y nos pone muy contentos, porque esto va a destrabar, finalmente, el proceso y van poder seguir adelante los recursos que están pendientes. Esto reafirma que como Ministerio, reaccionamos y actuamos bajo todo el marco legal y vamos a seguir trabajando con la misma energía para garantizar el acceso a los bienes de uso público como las playas que nos pertenecen a todos los chilenos”.

Sólo en la temporada de verano el Ministerio recibió un total de 1.492 denuncias por falta de acceso a las playas, ríos y lagos en las distintas regiones del país. En caso de que los vecinos colindantes bloqueen un acceso fijado por la Intendencia, se exponen a multas que van desde las 10 a las 100 UTM, es decir, hasta $4.900.000, y del doble en caso de reincidencia. Esto, según la Ley Playas Abiertas que el ministerio impulsó en el Congreso y que entró en vigencia el 14 de febrero pasado.

“Es muy importante que los ciudadanos sigan haciendo sus denuncias cuando descubran faltas de acceso, porque nuestras fiscalizaciones siguen todo el año”, añadió el ministro Ward.

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